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lunes, 13 de octubre de 2008

Informe sobre la modificación del Reglamento que regula las normas de comercialización del aceite de oliva

  • Cuando el texto del nuevo reglamento se publique, habrá cambios en el etiquetado de los aceites de oliva que favorecerán la transparencia y competitividad del conjunto del sector

En el seno de la Conferencia Sectorial celebrada hoy, bajo la presidencia de la ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, se ha informado del proyecto de Reglamento comunitario que regula las normas de de comercialización del aceite de oliva y que fue aprobado mediante voto indicativo en la reunión del Comité de Gestión celebrada el pasado 17 de septiembre.

La principal novedad que introduce el nuevo texto es hacer obligatoria la indicación en el etiquetado de la designación de origen de dichos aceites. En el caso de un aceite procedente únicamente de un Estado Miembro, por ejemplo, España, debe indicarse o bien una referencia a España o bien una referencia a la Unión Europea y en el caso de mezclas de aceite de oliva originarios de más de un Estado miembro o tercer país, se podrá indicar “mezcla de aceites de oliva comunitarios”, “mezcla de aceites de oliva no comunitarios”, “mezcla de aceites de oliva comunitarios y no comunitarios”, o bien una referencia similar.


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