El Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha condenado a seis personas a más de un año de prisión y al pago de una multa por recibir una subvención para la producción del aceite de oliva a cargo de los fondos de la Comunidad Europea, una ayuda percibida tras presentar "datos ficticios" en los documentos requeridos para beneficiarse de la misma.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, dos de los condenados se pusieron de acuerdo para obtener dichas ayudas, a las que "no tenían derecho" y que solicitaron durante cuatro campañas consecutivas a la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, haciendo constar en las solicitudes datos ficticios consistentes en que explotaban fincas de olivar que no les correspondían por ser cultivadas y explotadas por otras personas.
De esta forma, en el fallo se alega que estos dos procesados, "para tratar de justificar el contenido de las solicitudes, acompañaron a las mismas certificadas de entrada y molturación de aceituna de diversas almazaras" a favor de uno de los acusados como oleicultora, "que no correspondían a operaciones reales o que habían sido alteradas o falseadas, ya que no habían producido tales cantidades de aceituna pues no eran propietarios de los olivares declarados como propios en las solicitudes formuladas".
Así, estos dos encartados obtuvieron "indebidamente", y en concepto de ayuda a la producción de aceite, un total de 309.036 euros. Además, la resolución del Juzgado considera probado que otros tres acusados, "puestos de común acuerdo y con la intención de obtener ayudas a la producción del aceite de oliva a cargo de los fondos de la Comunidad Europea, a las que no tenían derecho, presentaron solicitudes oficiales en las que también hicieron constar datos ficticios".
De este modo, estos tres condenados obtuvieron, en concepto de ayuda a la producción de aceite un total de 456.269 euros. El sexto de los acusados actuó de la misma manera que el resto y obtuvo en concepto de ayudas un total de 74.280 euros, "cantidades de las que el procesado dispuso a pesar de carecer del carácter de oleicultor".
Por todo ello, el Juzgado condena a dos de los acusados a un año y un mes de prisión y el pago de una multa de 500.000 euros por un delito continuado de fraude de subvenciones en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento público, oficial y mercantil con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas y reparación del daño.
De igual forma, a dos de los acusados los condena a un año y cinco meses de prisión y al pago de 500.000 euros por el mismo delito, mientras que a otro de los seis procesados lo condena a un año y ocho meses de cárcel. Por último, el sexto de los encartados deberá cumplir un año y nueve meses de prisión y pagará una multa de 2.700 euros.
Por último, en el fallo emitido por el Juzgado de lo Penal se prohíbe a cinco de los acusados obtener ayudas o subvenciones públicas durante el tiempo en que dura su pena.
Fuente: europapress.es
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